Lo que hay que saber al contratar un viaje estudiantil

Lo que hay que saber al contratar un viaje estudiantil

Viaje de egresados: lo que hay que tener en cuenta al contratar una agencia de viajes.

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Los incumplimientos de agencias de viajes de egresados -como el caso de Snow Travel que estalló esta semana- no son nuevos. Tras varios casos de este tipo a inicios de la década del 2000, en 2006 se sancionó la ley nacional 26.208, de turismo estudiantil y luego la resolución 23/2014. La normativa buscaba entonces una mayor rigurosidad en el control de las agencias que comercializan este tipo de viajes creando un registro especial y, especialmente, un fondo que pudiera garantizar el viaje de los chicos ante cualquier inconveniente.

Ya con la ley vigente, hubo un caso en 2009: tras la quiebra de una agencia de viajes de turismo estudiantil, el Ministerio de Turismo acudió a este fondo y los chicos pudieron viajar (hubo quienes optaron -una minoría- por no viajar y recibir el dinero correspondiente).

Contigente de estudiadntes de Buenos Aires en viaje de egresados en Bariloche. Foto:Trilce Reyes

En el caso de Snow Travel, la agencia ya informó oficialmente al Ministerio de Turismo que no podrá cumplir con los contratos. Y el Ministerio habilitó líneas telefónicas exclusivas para denuncias y consultas sobre este tema: 4953-2208 y 4952-6056.

En principio de habla de 7.000 chicos afectados, que son los que viajarían este año, sin contar a quienes contrataron viajes para 2019.

“Si se reúnen las condiciones para que se use el fondo, es decir, si la agencia efectivamente no puede prestar los servicios, el Ministerio de Turismo puede determinar que se use ese dinero”, explica Santiago Aramburu, abogado especialista en Derecho del Turismo y agrega: “En principio, el fondo es para devolver el dinero a los usuarios. Pero como muchos de ellos están por viajar en las próximas semanas, el Ministerio buscará mediar para que los chicos viajen con otra agencia habilitada. Lo que queda ahora es negociar con otras agencias que puedan hacerse cargo de los viajes”.

Reglas básicas

Esto es lo que marca la normativa en relación con los viajes de egresados:

La ley. Todas las agencias de viajes estudiantiles tienen que estar habilitadas como tales por el Ministerio de Turismo de la Nación.

Contrato. Debe incluir todos los datos de hospedaje, transporte (fecha de salida y regreso), comidas, excursiones y seguros.

Cuota cero. Es el 6 por ciento del contrato básico: traslado, alojamiento, comida y seguro médico. No incluye entradas a boliches ni excursiones que suman mucho más dinero. Este caso plantea la necesidad de reforzar algunas cuestiones relacionadas con el control de las agencias, el pago de la cuota cero y el monto: quizá sea preferible que la cuota cero cubra la totalidad del viaje y no solo el contrato básico. Y que, efectivamente, sea una cuota cero, abonada -y depositada por el empresa- como pago inicial.

Hoteles. La empresa debe ofrecer, como mínimo, tres opciones de hotelería con capacidad máxima de 4 pasajeros por habitación y en módulos separados por género.

Liberados. La agencia debe brindar un pasaje “liberado” cada 10 estudiantes.

Coordinadores. Tienen que ser mayores de 21 años y viaja uno cada 35 chicos. Deben estar inscriptos en el Registro Nacional de Coordinadores Estudiantiles.

Seguro. Es obligación de la empresa contratar un seguro contra todo riesgo.

Fecha de salida. La agencia no puede vender un viaje para dentro de más de dos años (este año hasta el 2020) Viajes al exterior. Quienes venden viajes de egresados a destinos de Brasil o Caribe deben tener el permiso oficial.

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